Digo que es muy bueno porque su autor Patricio Carballés da en el clavo, poniendo el foco en que los caminos de la justicia dependen de los códigos procesales que cada provincia tiene, los cuales, para peor, son interpretados de manera distinta por cada juzgado:
El sistema jurídico de nuestro país se estructura en base a un orden normativo jerárquico, en el cual prevalece la Constitución nacional y los tratados internacionales por sobre las normas locales, que deben ajustarse a éstos. El asunto es muy técnico, pero si vamos a los efectos prácticos, existen normas de fondo que son de aplicación para todo el país y normas procesales que sirven de aplicación para las jurisdicciones locales. En la práctica, las normas que dominan los juicios son las normas procesales y su interpretación, alcance y extensión no son de aplicación automática sino que están, en gran medida, sujetas a interpretación por los jueces. Los códigos procesales son los que establecen el procedimiento a seguir en los juicios, pero en la práctica los abogados siempre dicen que existe un procedimiento distinto para cada juzgado, lo cual es una absoluta verdad. ¿Por qué los procesos se alargan? Porque las interpretaciones que se dan les sirven a los litigantes para alargarlos.En mi trabajo me la paso entrevistando gente (les llamamos usuarios) y leyendo documentación para entender los "procesos de negocio". Procesos de negocio son las cobranzas, las compras, los movimientos de stock entre sucursales, la conciliación bancaria, etc. El sistema judicial tendría sus propios procesos los cuales podrían ser relevados y unificados.
Hay muchas metodologías distintas en sistemas, pero siempre debe haber un análisis que ayuda a entender cómo funciona el negocio hoy (AS IS), para luego hacer un diseño para determinar cómo va a funcionar el negocio (TO BE) una vez que empiecen a usar el sistema que estamos implementando.
Los métodos de recabamiento de la información son variados y las formas de volcar eso a papel son más variados aún, pero no me voy a meter en el tema a menos que a alguien le interese (cri cri...).
El punto al que voy es que si tuviera que hacer el AS IS de la justicia Argentina, me encontraría no sólo que cada sede provincial tiene un proceso distinto (lo cual muchas veces se da) sino que cada usuario (juez) tiene un método distinto, con sus pasos y tiempos. Y peor: en muchos casos, cada juez-usuario simplemente no tiene un método y aplica la discrecionalidad en etapas que no deberían ser discrecionales.
Cuando se dan esos casos en el AS IS, en los TO BE tratamos de unificar y consolidar los procesos, para que difieran en lo menos posible. Juntamos a todos los usuarios y tratamos de que lleguen a un proceso de negocios TO BE que todos acepten ("se va a pagar con cheques sólo de estos bancos" o "para el pago de anticipos se requerirá factura del proveedor") con el poder que nos confiere el sponsor del proyecto (algún grosso del directorio que es el principal interesado en unificar procesos).
¿Se podrá hacer lo mismo en la Justicia?
El articulista solicita "el establecimiento de cánones objetivos de calidad en la aplicación de la justicia" y afirma que la "solución debe salir del dictado de normas a través del propio Poder Judicial y de los ministerios públicos como órganos diferentes en las provincias que corresponda, y siempre partiendo desde sus órganos superiores hacia los inferiores".
Lamentablemente, no me queda claro qué quiere decir con "el establecimiento de cánones objetivos de calidad". Me hubiera gustado que, como hacemos los sistemos, "unificara lenguaje", dando más detalles y ejemplos de lo que significa eso porque seguro que cada persona que lo lee se imagina otra cosa (o no se imagina nada). Como decía mi papá, "no des nada por obvio, nada es obvio".
Anyway, les invito a leer el resto de la nota acá.
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