Decía la Ley Orgánica de Comunas 1777, sancionada el 1ro de septiembre de 2005.
Título VIII Disposiciones transitorias
Artículo 47.- Transición. Cronograma. El Poder Ejecutivo implementa un proceso de transición que contemple la efectiva participación de los representantes de las organizaciones vecinales.(...)
c. El proceso de transición debe completarse al 31 de diciembre de 2006 [luego pospuesto al 31/12/2007]. Antes del vencimiento de dicho plazo la Legislatura fija la fecha en que se realizarán las elecciones, que deben ser convocadas por el Jefe de Gobierno, y de la disolución de los Centros de Gestión y Participación, y asunción de las autoridades electas.
El ladriprogresismo nunca las puso en marcha. No sólo por ineficiencia e incapacidad de gestión, sino por miedo a perder poder (recursos humanos y económicos) en los CGP (Centros de Gestión y Participación, o Como Gratificar Punteros, según Beliz).
El 10 de julio, se eligen los representantes barriales de cada comuna. Comenzarán a funcionar en diciembre. Bienvenida la descentralización.
4 comentarios:
no hacen más que cumplir con su deber.
Viva la descentralización [1] ;)
1- http://www.econlib.org/library/Essays/hykKnw1.html
Sí, el deber de gobernar bien. Cosa que no hicieron los gobiernos anteriores (en los que participó Filmus, por ej).
Grande heat.
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